# Ley 15/2022 - Igualdad de Trato y No Discriminación

An episode of [OPOSITAR ES DE VALIENTES por Paco Barbié](https://invisiblenetwork.ai/podcast/1644594301), 9 Mar 2023, 21 min.

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Ley 15/2022 - Integral para la igualdad de trato y la no discriminación, resumida para tu examen de oposición. El vídeo de la explicación en YOUTUBE

## Transcript

[0:01] Muy buenas en el vídeo de hoy vamos a ver la Ley 15 2022, de
[0:06] 12 de Julio, integral para la igualdad de trato y la no
[0:08] discriminación. Este tipo de leyes a nivel
[0:11] personal, recomiendo siempre una leída rápida y completa para
[0:16] hacernos una composición de lugar de lo que nos están
[0:18] hablando. Luego ya nos ponemos con el
[0:21] repaso y con el estudio y con lo que nos pueden preguntar al
[0:24] examen, al margen de que pienso que este tipo de leyes son muy
[0:27] interesantes y muy de tener en la mano por nuestro día a día.
[0:30] ¿Dicho esto, primero su objeto de que trata de qué trata esta
[0:34] ley? Garantizar y promover el derecho
[0:37] a la igualdad de trato y la no discriminación, respetar la
[0:40] igual dignidad de las personas en el desarrollo de los
[0:43] artículos 9210 y 14 de la Constitución.
[0:48] Regular los derechos y obligaciones de las personas
[0:51] físicas y jurídicas, públicas o privadas.
[0:54] Establecer los principios de la actuación de los poderes
[0:57] públicos y medidas destinadas a prevenir, eliminar, corregir
[1:01] toda forma de discriminación directa indirecta en los
[1:05] sectores públicos y privados. Luego tenemos su ámbito
[1:09] subjetivo y su ámbito objetivo, y el subjetivo es el que
[1:13] reconoce el derecho de igualdad de trato y la no discriminación
[1:16] a toda persona, con independencia de su
[1:19] nacionalidad, edad o residencia. Nadie podrá ser discriminado por
[1:25] razón de nacimiento, sexo, religión, opinión, etcétera.
[1:29] Aunque sí que nos matiza la ley, que pueden haber diferencias de
[1:33] trato razonables y objetivas, siempre y cuando se persiga
[1:37] lograr un propósito legítimo o que vengan una norma con rango
[1:40] de ley o sirva para mejorar las condiciones de vida, trabajo,
[1:44] condiciones, etcétera, etcétera. ¿Las obligaciones de esta ley
[1:50] serán de aplicación a quién al sector público, a las personas
[1:54] físicas y jurídicas que se encuentren, dónde?
[1:57] ¿Esto es muy muy preguntas examen, dónde se tienen que
[2:00] contar estas personas físicas y jurídicas en el sector público?
[2:02] Pues que se encuentren o actúen en el territorio español.
[2:06] Vale, cuidado con esto. Luego, en el ámbito objetivo que
[2:10] es el empleo, el empleo público, organizaciones políticas,
[2:14] sindicales, empresariales, educación, sanidad, transporte y
[2:17] cultura, nada. Eso es lo que tenemos, con el
[2:21] objetivo, por tanto, ahora ya sí que podemos pasar al título, uno
[2:25] derecho a la igualdad de trato y no discriminación que está
[2:28] compuesto por 2 capítulos, el capítulo uno nos habla de las
[2:32] disposiciones generales. El derecho protegido de esta ley
[2:37] implica la ausencia de toda discriminación.
[2:41] Pregunta de examen, queda prohibida toda disposición,
[2:44] conducta, alto criterio o práctica que atente contra el
[2:47] derecho a la igualdad, la discriminación directa, la
[2:49] indirecta por la asociación por error, múltiples acosos,
[2:52] represalias, no se va a considerar discriminación la
[2:56] diferencia de trato que pueda justificarse con una finalidad
[2:59] legítima y como medio adecuado, necesario proporcionarlos para
[3:04] alcanzar esa finalidad legítima. Esto no se va a considerar
[3:07] discriminación bien. Todas las personas víctimas de
[3:12] discriminación, con independencia de todo, o sea,
[3:15] con independencia de todo. Cualquier víctima de
[3:18] discriminación y de su situación administrativa en el territorio
[3:21] español tiene garantizados unos derechos reconocidos en esta
[3:25] ley. ¿Qué derechos son esos?
[3:26] Pues tienen derecho a recibir información completa y
[3:29] comprensible y además derecho a un asesoramiento jurídico
[3:33] gratuito en el momento previo a la interposición de la denuncia.
[3:39] Si avanzamos un poquito más en esta ley, ya tenemos las
[3:41] definiciones, definiciones que conocemos, vale, pero aunque así
[3:45] hay que leerlas, la discriminación directa.
[3:48] Discriminación a persona o grupo de personas tratadas de manera
[3:52] menos favorable. La discriminación indirecta, un
[3:55] clásico en todas las oposiciones, disposición,
[3:58] criterio o práctica aparentemente neutros que puedan
[4:02] ocasionar una desventaja. También tenemos la
[4:06] discriminación múltiple, discriminación inter seccional,
[4:09] acoso discriminatorio, inducción, orden o instrucción
[4:13] de discriminar las represalias, las medidas de acción positiva y
[4:16] la segregación escolar. Sí, hay que leerlas, vale, y hay
[4:21] que conocerla y hay que estudiarlas.
[4:22] Las sabemos de otras leyes anteriores, bien son muy
[4:25] parecidas o iguales, pero por si acaso, da igual.
[4:28] Si no, las preguntas de las leyes que conocemos de igualdad,
[4:30] violencia, dependencia, etcétera, o no la preguntan por
[4:33] esta ley integral son prácticamente las mismas y sobre
[4:36] todo, la que es la indirecta. Vale.
[4:39] Con eso podemos continuar, pasamos al artículo 7, que es la
[4:42] interpretación, el segundo párrafo lo considero muy
[4:45] interesante y también muy preguntarle.
[4:48] Cuando se presentan diferencias, interpretaciones, las
[4:51] diferencias de interpretaciones se deberá preferir aquella que
[4:55] proteja con mayor eficacia a las personas o los grupos que sean
[4:58] afectados por conductas discriminatorias o intolerantes.
[5:01] La presente ley consagra esto es muy típico, unos niveles mínimos
[5:06] de protección y no perjudica las disposiciones más favorables
[5:09] establecidas en otras normas, debiendo prevalecer el régimen
[5:12] jurídico que mejor garantice la no discriminación.
[5:16] O sea, que si hay varias normas que protegen sobre lo mismo,
[5:19] pues va. Se va a preferir siempre para
[5:20] que más proteja y como ya sabemos, este tipo de leyes que
[5:24] son estatales manejan unos niveles mínimos.
[5:28] A partir de aquí todo lo que queréis hacer de forma
[5:31] reglamentaria OA forma de ley, tanto las Comunidades Autónomas
[5:33] con las entidades locales hacia arriba, mejor que mejor.
[5:36] ¿Estos son unos mínimos que tienen que ocurrir en todo el
[5:38] territorio, no? Y, por supuesto, es
[5:41] discriminatoria. Pregunta examen, toda inducción,
[5:45] orden o instrucción de discriminar o de cometer una
[5:48] acción de intolerancia. Bien.
[5:51] ¿Pausamos un poquito, vamos al capítulo 2, qué nos habla?
[5:55] ¿Artículo por artículo del Derecho a la igualdad de trato y
[5:58] no discriminación del ámbito objetivo, vale?
[6:03] Hay un montón de artículos, así que voy a remarcar simplemente
[6:06] algunas cosas que puedo considerar que algo de examen
[6:09] puede caer aquí. Esto no quita que haya que darle
[6:11] un buen vistazo a una leída completa a tus artículos, como
[6:14] ya hemos dicho al principio, una leída completa y rápida, y luego
[6:17] lo que nos entra artículo 9, derechos de igualdad de trato y
[6:20] no discriminación en el empleo por cuenta ajena.
[6:24] El punto 5. El empleador no podrá preguntar
[6:28] sobre las condiciones de salud del aspirante al puesto o el
[6:31] punto 6 por vía reglamentaria, se podrá exigir a los
[6:35] empleadores cuyas empresas tengan más de 250 trabajadores
[6:39] que publiquen la información salarial para analizar los
[6:42] efectos de las diferencias salariales que pueden haber ese
[6:46] punto y 5 o 6 del artículo 9 podría ser artículo 12.
[6:49] Voy saltando vale derecho a la igualdad de trato y la no
[6:52] discriminación e intolerancia en organizaciones políticas,
[6:55] sindicales, empresariales, profesionales.
[6:58] ¿Y de interés social o económico?
[7:01] Estas organizaciones están obligadas a respetar el derecho
[7:04] de igualdad de trato y no discriminación en la admisión,
[7:07] inscripción o afiliación, su estructura orgánica y
[7:10] funcionamiento, la participación y el disfrute de cualquiera de
[7:13] las ventajas que ofrezcan a sus miembros.
[7:16] ¿Vale esa parte del artículo 12? Pasaríamos ahora al artículo 13.
[7:20] ¿Derecho a la igualdad de trato y no discriminación en la
[7:22] educación? Vale el apartado 2.
[7:25] En ningún caso los centros educativos que excluyan del
[7:28] ingreso por razón de alguna de las causas establecidas en esta
[7:31] ley. Vale que no haya discriminación,
[7:33] o sea, que en ningún caso esos centros podrán acogerse a
[7:36] cualquier forma de financiación pública, o sea que si hay
[7:38] centros que excluyen por alguna de las cosas que en esta ley
[7:41] esos centros no van a poder recibir dinero público, vale en
[7:45] la formación del profesorado, tanto inicial como permanente,
[7:49] se incluirá una formación específica en la atención
[7:52] educativa a la diversidad y a la igualdad de trato y la no
[7:55] discriminación. Como detallito vale, si pasamos
[7:58] ahora al artículo 15, que es el derecho de igualdad de trato y
[8:01] la no discriminación. En la atención sanitaria podemos
[8:04] encontrar lo siguiente, nadie podrá ser excluido del
[8:08] tratamiento sanitario o del protocolo de actuación sanitaria
[8:11] por la concurrencia de una discapacidad o por encontrarse
[8:14] en una situación de sinhogarismo o por la edad, o por sexo, o por
[8:18] enfermedades preexistentes o inter ocurrentes, salvo cuidado
[8:22] que hay aquí, hay un saldo, vale por razones médicas debidamente
[8:25] acreditadas casi lo justifiquen, pero en principio nadie puede
[8:28] ser excluido de un tratamiento sanitario.
[8:31] En el mismo artículo tenemos lo siguiente, nadie podrá ser
[8:34] apartado o suspendido de su turno de atención sanitaria
[8:39] básica o especializada por en condiciones de igualdad ni ser
[8:43] excluido de un tratamiento sanitario por ausencia.
[8:46] Cuidado con esto, por ausencia documental o por un tiempo
[8:49] mínimo de estancia demostrable en el territorio español, en el
[8:53] territorio nacional. Cuidado con esto, nadie puede
[8:55] ser excluido de un tratamiento sanitario y nadie puede ser
[8:57] apartado o suspendido de una atención sanitaria básica.
[9:01] Pasamos ahora al artículo 20. Derecho a la igualdad de trato y
[9:05] no discriminación en el acceso a la vivienda.
[9:09] Me quedo con una cosita en particular.
[9:11] Queda prohibido rehusar una oferta de compra o arrendamiento
[9:16] o rehusar el inicio de las negociaciones o de cualquier
[9:19] otra manera de impedir o denegar la compra o arrendamiento de una
[9:22] vivienda por razón alguna de las causas de discriminación
[9:27] previstas en esta ley. ¿Cuándo?
[9:28] Y es aquí donde tenemos que remarcar cuándo se hubiese
[9:31] realizado una oferta pública de venta o arrendamiento, no se
[9:36] puede realizar esa compra, arrendamiento o rosado.
[9:38] ¿Inicio de las conversaciones cuándo se ha realizado una
[9:41] oferta pública de venta o rendimiento?
[9:43] Vale y un apartado que también tienes que discriminar a una
[9:46] persona. En cuanto a los términos y
[9:47] condiciones de la venta arrendamiento, una vivienda que
[9:49] es discriminación vale del 20 podemos pasar al 22 medios de
[9:54] comunicación social, publicidad, Internet y redes sociales.
[9:58] Aquí está todo abierto y mucho cuidado.
[10:01] Todos los medios de sociales, todos los medios de comunicación
[10:05] social respetarán el derecho a la igualdad de trato, evitando
[10:10] toda forma de discriminación. El tratamiento en el formato
[10:13] accesible a la información. En sus contenidos y en su
[10:16] programación se hará promoción de una imagen no estereotipada.
[10:21] Esto suena un montón de una imagen no estereotipada de las
[10:23] diferentes personas o grupos de población, incluyendo
[10:26] actividades de venta, publicidad, etcétera, etcétera.
[10:28] ¿Que tenemos la frase típica que nos van a preguntar, el examen
[10:32] se considera publicidad ilícita? La comunicación publicitaria,
[10:37] comercial o institucional que contenga elementos de
[10:40] discriminación. Esto también lo teníamos en la
[10:42] ley de publicidad. Bien con esto ya cerraríamos el
[10:46] título Uno y ahora podemos pasar al título 2.
[10:49] Defensa y promoción de la igualdad de trato y la no
[10:52] discriminación en su capítulo uno tenemos las garantías de
[10:54] derechos, de igualdad de trato y no discriminación.
[10:57] Ante un incidente discriminatorio las autoridades
[11:01] encargadas de hacer cumplir esta ley tomarán las medidas
[11:04] oportunas para el garantizar que los hechos no vuelvan a
[11:07] repetirse. Lógico y normal, especialmente
[11:11] en los casos que la gente discriminador sea una
[11:15] administración pública, o sea cuidado.
[11:17] Las autoridades cuando se dan cuenta que hay una gente
[11:19] discriminador, y sobre todo si es una administración pública,
[11:22] vamos a poner límites, que esto no puede volver a ocurrir y
[11:25] menos en la administración pública, por favor.
[11:28] Son nulos de pleno derecho las disposiciones, pactos o
[11:32] cláusulas de los negocios jurídicos que constituyan o
[11:35] causen discriminación por alguno de los motivos que ya hemos
[11:38] visto o que están previstos en esta ley.
[11:42] Saltándonos unas cuantas cositas vamos al artículo 29
[11:45] legitimación en los procesos judiciales, que es algo que ya
[11:48] sabemos de otras leídas. Y lo sabemos muy bien.
[11:52] En el 30 tenemos la carga de la prueba.
[11:55] La inversión de la carga de la prueba, que supongo que os
[11:57] acordaréis cuando la parte actora o el interesado alegue
[12:01] discriminación o aporte indicios fundados de su existencia que va
[12:06] a ocurrir aquí, pues que corresponderá a la parte
[12:08] demandada OA quien se impute esa situación discriminatoria de la
[12:12] que aporte una justificación objetiva y razonable
[12:15] suficientemente probada de las medidas adoptadas y de su
[12:19] proporcionalidad. Las administraciones públicas
[12:22] podrán podrán, cuidado, no están obligadas, podrán dar traslado
[12:28] al ministerio fiscal de cualquier hecho o actuación que
[12:31] tengan conocimiento en el que se haya acreditado trato
[12:33] discriminatorio o del que, en su caso, pudiese derivarse
[12:38] responsabilidad penal. ¿Y ahí es cuando vamos a tratar
[12:41] cuando vemos que puede haber algo ya penal es cuando nos
[12:43] vamos al ministerio fiscal, pero cuidado con ese podrán los
[12:46] miembros del ministerio fiscal recibirán de manera obligatoria?
[12:52] Formación especializada en todo este aspecto vale en todo tipo
[12:56] de discriminación. Pues ya podemos pasar al
[12:59] capítulo 2 de este título, que es la promoción del hecho,
[13:01] igualdad de trato y no discriminación en medidas de
[13:03] acción positiva. Las empresas resumo bastante,
[13:08] las empresas podrán asumir la recepción de acciones de
[13:10] responsabilidad social y, además, si hacen cositas buenas
[13:13] en todas estas cosas, pueden hacer uso publicitario de las
[13:16] acciones de responsabilidad en materia de igualdad de acuerdo
[13:19] con las condiciones establecidas en la legislación general de
[13:22] publicidad. Vale que hay donde también venía
[13:24] lo de la publicidad lícita y demás, o sea, que si las
[13:26] empresas la tengo cosas buenas se pueden poner la medallita.
[13:28] Y hacer publicidad de ello pasamos al artículo 34,
[13:32] estrategia estatal de la igualdad de trato y la no
[13:35] discriminación en él, instrumento principal de
[13:38] colaboración territorial de la administración del Estado para
[13:41] el impulso, desarrollo y coordinación de las políticas y
[13:44] los objetivos generales de las competencias establecidas en
[13:46] esta ley, sin perjuicio y respetando las competencias en
[13:50] el marco estatutario de las Comunidades Autónomas.
[13:52] Vale que teníamos una serie de mínimos y a partir de ahí el de
[13:55] las Comunidades Autónomas. Cuidado con esto que viene ahora
[13:57] corresponde a la conferencia sectorial de igualdad.
[14:00] Su preparación, seguimiento y evaluación de esta estrategia
[14:04] estatal para la igualdad de trato y la no discriminación.
[14:06] ¿La aprobación de la estrategia a quién corresponde al Consejo
[14:10] de Ministros? ¿Preguntita, y la estrategia
[14:13] estatal tendrá un carácter? Cuidado.
[14:16] Cuatrienal. Palabra que no es habitual
[14:20] escucharla, pero puede ser muy pregunta de examen, corresponde
[14:23] a la conferencia sectorial de igualdad la preparación,
[14:26] seguimiento y evaluación de la estrategia estatal, la
[14:28] aprobación de la estrategia corresponde al Consejo de
[14:30] Ministros y la estrategia tendrá un carácter cuatrienal.
[14:35] Pasando ahora los artículos 37 y 38, vemos que las
[14:38] administraciones públicas no subvencionarán a personas
[14:42] físicas o jurídicas, públicas o privadas sancionadas por
[14:46] resolución administrativa firme en infracciones calificadas como
[14:50] muy graves. O sea que no le van a poder dar
[14:52] dinero a todas las personas físicas o jurídicas que sean
[14:55] públicas y privadas que han sido sancionadas con carácter firme
[14:57] por. Infracciones calificadas como
[15:00] muy graves los poderes públicos formarán a su personalidad en
[15:04] igualdad de trato y la no discriminación de forma teórico
[15:07] práctica, vale, y ahí teníamos otro detalle.
[15:10] Podemos pasar ahora al título cuatro, que aquí tenemos a la
[15:14] autoridad independiente para la igualdad de trato y la no
[15:18] discriminación, que es la que va a controlar, manejar y ver todo
[15:22] lo que hemos visto hasta ahora, desde un escalón por encima de
[15:25] qué se encarga esta autoridad independiente se encarga de
[15:28] proteger y promover la igualdad de trato y la no discriminación
[15:31] en en de las personas, causas y ámbito competencial del Estado
[15:35] que esté comprendido esta ley es una entidad con derecho público,
[15:39] dotada de personalidad jurídica propia.
[15:42] Plena capacidad pública y privada que actúa en el
[15:45] cumplimiento de sus fines con plena independencia y autonomía
[15:48] funcional respecto a las administraciones públicas.
[15:51] O sea, que es como su propio nombre indica, autoridad
[15:55] independiente para que no haya ningún tipo de discriminación,
[15:59] ni público, ni privada, ni entre personas físicas, entre personas
[16:01] jurídicas de ningún tipo. Autoridad independiente.
[16:06] Preguntas que pueden caernos de la autoridad independiente en el
[16:08] examen, la persona titular de la autoridad y pendiente para la
[16:12] igualdad de trato de discriminación, será nombrada
[16:15] por un mandato de 5 años sin posibilidad de renovación.
[16:20] Se hará mediante un real decreto del Gobierno entre quien entre
[16:26] personalidades de reconocido prestigio en defensa y promoción
[16:30] de la igualdad de trato y la lucha contra la discriminación.
[16:34] O sea, que quien dirige la autoridad independiente un
[16:38] mandato de 5 años sin posibilidad de renovación
[16:40] mediante real Decreto por el Gobierno entre personas de
[16:43] reconocido prestigio, entre defensa y promoción de la
[16:45] igualdad de trato y la lucha contra la discriminación.
[16:48] ¿El cuidado a lo que viene ahora, quién trabaja dentro de
[16:51] esta autoridad independiente? El personal al servicio de la
[16:53] autoridad independiente será, con carácter general,
[16:57] funcionario de carrera o en su caso, personal laboral, todos
[17:01] ellos procedentes de organismos nacionales o internacionales.
[17:05] ¿Con qué, con funciones en materia de igualdad de trato y
[17:09] no discriminación? No, cualquiera bien, pero
[17:12] resumimos. Funcionario de carrera laboral.
[17:16] De organismos nacionales e internacionales, pero que entre
[17:19] sus funciones de estos organismos tengan materia de
[17:21] igualdad de trato y no discriminación.
[17:24] ¿La autoridad independiente para la igualdad de trato y la no
[17:27] discriminación prestará cuánta colaboración les sea requerida
[17:30] por quién? Por las Cortes Generales, por
[17:34] los órganos jurisdiccionales, por el ministerio fiscal, por el
[17:37] Defensor del Pueblo y las administraciones públicas.
[17:41] Además, esta autoridad independiente podrá celebrar
[17:44] contratos de cola, perdón, convenios de colaboración con el
[17:48] Defensor del Pueblo u otros organismos similares de las
[17:51] comunidades Autónomas. Convenios de colaboración la
[17:53] autoridad independiente con el Defensor del Pueblo.
[17:55] ¿Vale las funciones de la autoridad independiente las
[17:58] tenéis en el artículo 40 nada más empezar, así que una leída
[18:01] son bastantes, son interesantes, no?
[18:03] Sí o sí, son de pregunta de examen, pero por lo menos
[18:06] conocerlas al menos una vez. Cerramos aquí a la autoridad
[18:11] independiente y pasamos al título cuatro.
[18:14] Tenemos las infracciones y las sanciones.
[18:18] Este es un tema que siempre he visto comentar salvo que sea
[18:21] necesario para vuestra oposición, o sea que tiene que
[18:23] venir muy específico en vuestro programa, que para esta ley
[18:26] integral vale sea muy necesario que conozcáis las infracciones y
[18:29] las sanciones. ¿Por qué?
[18:30] Porque se nos mezcla con los con los plazos y con los tipos de
[18:33] sanciones que conocemos. Las normas generales.
[18:35] Por eso, con este tipo, con este tipo, con este título cuatro con
[18:39] mucho cuidado, infracciones y sanciones, una pequeña pincelada
[18:41] por si acaso, no es como un preguntar sobre ello.
[18:44] Cómo pueden ser las infracciones leves, graves o muy graves
[18:48] multas que pueden oscilar entre estas infracciones leves y
[18:51] graves muy graves, de 300 a 10000 EUR, en leves, de 10000
[18:55] EUR a 40000 EUR, en graves, de 40001 EUR a medio millón en muy
[19:02] graves. Todo ello va a depender este
[19:04] abanico que tienen de 306000, de 10000 a 40000, de 40000 a medio
[19:07] millón, dependiendo del grado que puede ser 1° mínimo, 1°
[19:10] medio 1° máximo dentro de las leves, graves o muy graves,
[19:14] según se aplique en cada sección.
[19:15] Prescripción de la infracción. 1 año 3 años 4 años, prescripción
[19:20] de la sanción 1 año 4 años 5 años y el procedimiento
[19:24] sancionador tiene que resolverse y notificarse en 6 meses.
[19:27] Yo creo que esto es suficiente, incluso excesivo para nuestro
[19:29] caso de la oposición. ¿Vale?
[19:31] Y para rematar. ¿El vídeo y la ley tenemos el
[19:35] título 5 que son 2 artículos, una leída habla de la atención,
[19:39] apoyo e información a las víctimas de la discriminación y
[19:42] la intolerancia, una pequeña leída?
[19:44] ¿No veo muy pregunta de examen, pero hay que conocerlo, vale?
[19:48] Pues yo creo que ya está hasta que hemos llegado con la Ley 15
[19:51] 2022 integral de la igualdad de trato y de la Escrituración que
[19:54] hemos visto ámbito subjetivo y objetivo, derechos,
[19:59] definiciones, defensa y promoción y lo más interesante a
[20:03] la autoridad independiente para la igualdad de trato y la no
[20:06] discriminación. Espero que este vídeo os haya
[20:10] servido que os valga un poco de ayuda para continuar con el
[20:13] estudio. Muchas gracias por la paciencia,
[20:16] con esos anuncios en breve. Os publico el resumen y nos
[20:19] vemos en el próximo vídeo hasta otra.
[20:40] La.

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