# 2. REGLAMENTO (UE) 2016/679 - Protección, tratamiento y libre circulación de datos personales de las personas físicas.

An episode of [OPOSITAR ES DE VALIENTES por Paco Barbié](https://invisiblenetwork.ai/podcast/1644594301), 21 Oct 2023, 13 min.

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REGLAMENTO (UE) 2016/679 - Protección, tratamiento y libre circulación de datos personales de las personas físicas. Aquí el vídeo de la explicación en YOUTUBE

## Transcript

[0:00] Muy buenas, vamos con el segundo vídeo del Reglamento V 2016 679
[0:05] del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril, relativo
[0:09] a la protección de las personas físicas en lo que respecta al
[0:12] tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
[0:14] estos datos. Como estamos en el segundo
[0:16] vídeo, vamos directamente al capítulo cuatro que nos va a
[0:19] hablar del responsable del tratamiento y del encargado.
[0:21] ¿Nos acordamos de ellos, qué vamos a ver?
[0:23] Artículos 24 a 43, un mix de lo que nos interesa, quedándonos
[0:28] con lo importante. ¿Por dónde empezamos?
[0:30] Pues por el responsable del tratamiento.
[0:32] ¿Te acuerdas de su definición? Cómo era persona física o
[0:35] jurídica, autoridad pública, servicio u otro organismo que
[0:38] solo conjunto con otros determina los fines y los medios
[0:42] del procedimiento. ¿Ahora que nos hemos acordado de
[0:45] quién era el responsable? Vamos con unos detalles que lo
[0:48] vamos a coger de distintos párrafos de distintos artículos,
[0:52] criterios específicos para el nombramiento del responsable,
[0:54] pues podrá establecerlos el derecho de la Unión o el derecho
[0:58] de los Estados miembros. Cada responsable va a llevar un
[1:02] registro de las actividades de tratamiento efectuadas bajo su
[1:05] responsabilidad, como una libretica con todo lo que va
[1:08] haciendo, cada responsable lleva un registro propio de
[1:11] actividades efectuadas bajo su responsabilidad.
[1:14] Esas actividades llevarán aplicadas unas medidas técnicas
[1:18] y organizativas apropiadas a fin de garantizar y además, poder
[1:21] demostrar que el tratamiento que está haciendo los datos
[1:25] personales que están bajo su responsabilidad es conforme a lo
[1:28] que dice el presente Reglamento. Y esas medidas que va a estar
[1:31] aplicando técnicas y organizativas tienen que ser
[1:34] revisadas y actualizadas cuando sea necesario.
[1:39] El responsable también va a elegir únicamente a un encargado
[1:43] que ofrezca las garantías suficientes para aplicar esas
[1:46] medidas técnicas y organizativas apropiadas, garantizando en todo
[1:51] momento el derecho de los interesados.
[1:55] Y si queréis algo más como figura, tenemos a los
[1:58] corresponsables del tratamiento, que es cuando 2 o más
[2:01] responsables determinan conjuntamente los objetivos y
[2:05] los medios del tratamiento, pues con esto ya tenemos una
[2:09] fotografía o un cuadro del responsable del tratamiento.
[2:14] ¿Y a quién le tocaría ahora? ¿Pues al encargado del
[2:17] tratamiento definición, te acuerdas?
[2:19] Te la cuento persona física o jurídica, autoridad pública,
[2:23] servicio u otro organismo que trate datos personales por
[2:27] cuenta del responsable. Del tratamiento.
[2:30] Una cosa, ya empezamos con los detalles.
[2:33] El encargado del tratamiento no recurrirá a otro encargado de
[2:36] encargado encargado no puede sin la autorización previa ya por
[2:41] escrito, sin autorización previa por escrito, ya se ha
[2:43] especificado general del responsable.
[2:45] O sea, que el encargado de encargado, no sin autorización
[2:48] por escrito específica o general de responsable.
[2:52] Además, el encargado del tratamiento y cualquier persona
[2:54] que actúe bajo la autoridad tanto del responsable como del
[2:58] encargado, y que tenga acceso a datos personales.
[3:01] Sólo podrá tratar esos datos siguiendo instrucciones del
[3:04] responsable, a no ser que estén obligados por el derecho a la
[3:09] Unión o por el derecho de los Estados miembros y el encargado,
[3:13] al igual que el responsable, llevará un registro de todas las
[3:18] actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del
[3:20] responsable. Que esto es curioso, el
[3:22] responsable lleva un registro de las actividades realizadas por
[3:25] el por sí mismo bajo su responsabilidad, y el encargado
[3:29] también lleva un registro de las actividades de tratamiento
[3:31] efectuadas por el responsable. ¿Qué más tenemos?
[3:35] Pues que el este registro, además de actividades, se pondrá
[3:40] a disposición de la autoridad control cuando esta lo solicite.
[3:43] ¿Y quién es la autoridad de control?
[3:45] Pues luego te lo digo al final. Como detalle regulado en el
[3:50] artículo 35 del del Reglamento, las obligaciones de registro de
[3:55] las actividades que tienen tanto el responsable como el encargado
[3:57] no se van a aplicar a ninguna empresa ni organización que
[4:01] emplee a menos de 250 personas. Y esto lo vamos a marcar como
[4:05] posible pregunta esa examen, esas obligaciones de registro de
[4:08] actividades del responsable del encargado no se van a aplicar a
[4:10] empresas que empleen o que tengan a menos de 250 personas,
[4:14] salvo que pueda entrañar un riesgo para los derechos y
[4:17] libertades de los interesados. Bien, pues aquí tendríamos
[4:21] también la fotografía del encargado del tratamiento para
[4:25] aclararnos un poco, si quieres, te doy la definición que viene
[4:30] en la propia web de la Comisión Europea sobre el responsable y
[4:32] sobre el encargado y nos da un ejemplo más que definición, nos
[4:35] da un ejemplo, nos dice que hay una cervecería que tiene muchos
[4:39] empleados. Esta cervecería firma un
[4:42] contrato con una empresa de nóminas para poder pagar los
[4:45] salarios. ¿La cervecería, indica la
[4:49] empresa de nóminas cuándo tienen que pagárse las nóminas?
[4:52] ¿Cuándo un empleado se va de la empresa?
[4:55] O si tiene un aumento de sueldo y le proporciona además todo el
[4:59] resto de información que le hace falta a la empresa de nóminas
[5:02] para el pago y lo y los datos, ya está la empresa de nóminas
[5:07] proporciona el sistema informático y conserva además
[5:12] los datos de los empleados, pues, según el ejemplo que
[5:16] viene, dice que la cervecería como tal es el responsable del
[5:20] tratamiento y la empresa de nóminas es la encargada del
[5:24] tratamiento. ¿Te ha quedado Claro?
[5:28] Cervecería como responsable por la original y por la
[5:31] contratación y la empresa de nóminas como encargada del
[5:34] tratamiento a la que le pasas los datos para que efectúe unas
[5:37] actividades avanzando un poco tenemos al delegado de
[5:41] protección de datos que, como ya dijimos en el vídeo anterior, es
[5:44] designado por el responsable y por el encargado del
[5:46] tratamiento, atendiendo a las cualidades profesionales y en
[5:49] particular a los conocimientos que tiene que tener sobre
[5:51] derecho sobre protección de datos y sobre capacidad para
[5:54] desempeñar las funciones que viene regular en el artículo 39
[5:57] que veremos ahora después. ¿Una pregunta, cuándo vamos a
[6:00] designar sí o sí a un delegado de protección de datos en 3
[6:04] causas? Pues lo vamos a hacer cuando el
[6:06] tratamiento lo lleve a cabo una autoridad, un organismo público,
[6:09] cuando el tratamiento consista en operaciones que requieran una
[6:12] observancia habitual y sistemática de los interesados a
[6:15] gran escala o cuando el tratamiento sea a gran escala de
[6:19] categorías especiales de datos personales y de datos relativos
[6:22] a condenas e infracciones penales.
[6:24] Ahí tenemos sí o sí un delegado de protección de datos.
[6:28] Vamos un poco más el responsable y el encargado del tratamiento
[6:31] van a publicar los datos de contacto, el de elevado de
[6:33] protección de datos y también lo van a comunicar a la Autoridad
[6:37] de control. El responsable y encargado van a
[6:40] garantizar que el delegado de protección participe de forma
[6:43] adecuada y en tiempo en todas las cuestiones relativas a la
[6:46] protección de datos. Van a respaldarlo en el
[6:49] desempeño de sus funciones, van a garantizar que no reciba
[6:52] ninguna instrucción, que no respete al desempeño de esas
[6:54] funciones. Ni el responsable ni el
[6:58] encargado van a poder destituir ni sancionar al delegado por
[7:02] desempeñar sus funciones y en delegado va a rendir cuenta
[7:04] directamente al más alto nivel jerárquico del responsable y del
[7:07] encargado. Además, el delegado también está
[7:10] obligado a mantener secreto y confidencialidad en sus
[7:13] funciones. Pero cuidado que puede
[7:15] desempeñar otras funciones y cometidos siempre y cuando no dé
[7:18] lugar a conflicto de intereses. ¿Y esto es todo lo que tiene el
[7:21] Delegado de protección de datos o no?
[7:24] ¿Qué nos falta del delegado de protección de datos?
[7:27] Una cosa que además es pregunta de examen, sus funciones, qué
[7:31] funciones tiene el delegado de protección de datos 5.
[7:35] Informar y asesorar al responsable y encargado del
[7:37] tratamiento, supervisar el cumplimiento del tratamiento,
[7:40] ofrecer asesoramiento, cooperar con la Autoridad de Control y
[7:43] actuar como punto de contacto de la Autoridad de Control para
[7:46] cuestiones relativas al tratamiento, incluida la
[7:48] consulta previa. Pues ahora sí, ahora sí tenemos
[7:52] al delegado de protección de datos, o sea que hemos visto al
[7:54] responsable, hemos visto al encargado y hemos visto al
[7:57] delegado de protección de datos. Pero tengo que decirte que
[8:01] todavía nos queda un par de cositas para terminar con el
[8:03] vídeo, ya lo siento. La primera de ellas es la
[8:07] evaluación de impacto relativo a la protección de datos y su
[8:10] consulta, que nos dice que esto va como un cuadro aparte.
[8:14] Si un tratamiento de datos en particular, si se usan nuevas
[8:17] tecnologías y puede entrañar ese tratamiento usado con nuevas
[8:21] tecnologías, pueden tener un alto riesgo para los derechos de
[8:23] las personas físicas, derechos y libertades de las personas
[8:26] físicas. En lo que respecta a sus datos
[8:28] personales. El responsable antes del
[8:31] tratamiento, realizará una evaluación de impacto sobre esa
[8:34] protección de datos con esa evaluación de impacto podrá
[8:38] podrá hacer una consulta previa del tratamiento a la autoridad
[8:42] de control. A ver qué ocurre con ella para
[8:45] que esta autoridad asesore por escrito al responsable, si el
[8:51] tratamiento que va a hacer infringe lo lo que viene
[8:55] estipulado en el Reglamento y si se ha identificado o mitigado el
[8:59] riesgo que puede hacer el responsable del tratamiento.
[9:02] Bien, o sea, que el responsable del tratamiento, cuando se van a
[9:04] utilizar nuevas tecnologías, tiene que comprobar si hay un
[9:07] impacto y pueden una puede saltarse lo que viene a
[9:10] estipular en el Reglamento o puede haber un fallo de
[9:13] seguridad para los datos personales.
[9:16] Con ello, hecha la consulta hecha la suite a la Autoridad de
[9:19] control, la Autoridad de control debe contestar, asesorar, debe
[9:22] asesorar al responsable en un plazo de 8 semanas, prorrogable
[9:28] por 6 semanas más en caso de complejidad.
[9:30] Y esta era la primera cosa que os quería comentar.
[9:33] La otra viene con la seguridad de los datos personales cuando
[9:37] hay una violación de los datos personales, cuando hay una
[9:39] violación de los mismos, vale, y aquí hay 2 vías de comunicación,
[9:43] una que va hacia los interesados, que es comunicarle
[9:46] de forma lo más rápida posible de lo que ha ocurrido y la otra
[9:50] vía es la comunicación a la autoridad de control, que aquí
[9:52] es donde puede estar también la pregunta de examen, el
[9:55] responsable del tratamiento otra vez notificará a la Autoridad de
[9:59] Control sin dilación indebida y a más tardar 72 horas después de
[10:04] que haya tenido constancia la violación de los datos.
[10:06] Bien, esa es la pregunta de examen sin dilación, sabe una
[10:09] vibración de datos el responsable sin dilación debida
[10:12] y en un plazo máximo de 72 a más tardar 72 horas si no lo hacen
[10:17] esas 72 horas, pues tendrá, cuando lo haga, deberá ir
[10:21] acompañado de un informe y los motivos de la tardanza.
[10:23] Y si en el momento que hace la comunicación Autoridad de
[10:26] Control tampoco es posible facilitar toda la información de
[10:29] lo que ha ocurrido con la violación de datos y cómo
[10:32] entonces la información se irá mandando de forma gradual, sin
[10:36] dilación de vida, conforme se vaya conociendo.
[10:38] Bien, pues ya teníamos los 2 puntos que quería que quería
[10:42] hablar, pero me queda ya perdón, una cosita más.
[10:45] ¿Hemos estado hablando en varias ocasiones y durante este vídeo
[10:48] de la autoridad de control, pero qué es eso de la Autoridad de
[10:53] Control? Pues en nuestro caso la
[10:55] Autoridad de control es la Agencia Española de Protección
[10:58] de Datos que según el artículo 51, que entiendo que no entra,
[11:02] pero por si acaso lo vamos a ver, dice que cada Estado
[11:06] miembro va a establecer quién va a ser responsable.
[11:10] De supervisar la aplicación del tratamiento.
[11:13] ¿Quién va a ser responsable? Pues va a ser la autoridad de
[11:16] control. Pueden ser una o varias, vale
[11:18] con el fin vamos a tener esa autoridad de control con el fin
[11:21] de proteger los derechos y libertades fundamentales de las
[11:23] personas físicas. En lo que respecta al
[11:25] tratamiento y a la libre circulación de los datos
[11:27] personales. ¿Por eso, en nuestro caso,
[11:29] cuando hablamos de autoridad de control, hablamos de la Agencia
[11:32] Española de Protección de Datos y ahora sí, ya se acabó, no?
[11:38] ¿Resumen y recogemos qué hemos visto en este vídeo?
[11:41] Hemos visto al responsable, hemos visto al encargado, hemos
[11:44] visto al delegado de protección de datos, hemos visto la
[11:46] evaluación de impacto y su consulta previa cuando hay un
[11:48] alto riesgo en el tratamiento de datos de nuevas tecnologías,
[11:51] esas 8 semanas prorrogables. Por 6 semanas más y el
[11:55] asesoramiento va por escrito por parte de la Autoridad de
[11:57] Control, y también hemos visto la violación de la seguridad de
[12:00] otras personas que se comunica a la Autoridad de Control a la
[12:02] Agencia Española de Protección de Datos en un plazo de 72 horas
[12:05] y también a los interesados. Pues vale, ahora sí, apaga y
[12:09] vámonos. Gracias.
[12:11] Gracias por todo, por aguantarme, porque este sé que
[12:13] es un tema difícil, nos vemos dentro de poquito.
[12:17] En otro vídeo, el podcast y el resumen ya está preparado y ya
[12:22] está hasta otra. Manera.

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